martes, 20 de diciembre de 2016

¿En qué se parece un profesor de universidad a un traficante de drogas?




Hace unos días salía publicado en El Confidencial un artículo sobre el Rector plagiador que comparto plenamente. Según lo leía me vino a la mente un de los capítulos del libro de S. Levitt y S. Dubner (2006) Freakonomics y en concreto el titulado: ¿Por qué continúan viviendo los traficantes de drogas con sus madres? Atando cabos entre uno y otro surgió la idea que da título a este post y que paso a exponer.
En el estudio realizado por Sudhir Venkatesh en los suburbios de Chicago para su tesis doctoral, descubrió que la banda de traficantes de los Black Disciples tenía las siguientes características: una estructura piramidal, con una jefatura central, denominada consejo de administración, que definía la política y regía los destinos de la banda, estableciendo las franquicias; debajo de ella se situaban los líderes que a su vez tenían oficiales; por debajo de los oficiales estaban “los vendedores de la calle, conocidos como soldados de a pie”. El objetivo del líder era ser miembro del consejo de administración, mientras que el de los soldados era ser oficial y luego líder.
Los beneficios de un negocio tan lucrativo como la droga se repartían muy desigualmente: un 20% era para el consejo de administración y el resto era distribuido por el líder que se quedaba la mayor parte, pagando un sueldo tan escaso a sus soldados que tenían que seguir viviendo con sus madres.
El trabajo peor y más peligroso era realizado por los soldados, que no solo debían estar en la calle todo el día y tratar con drogadictos, sino que se exponían a ser asesinados por cualquier banda rival.
Veamos ahora cuál es la situación de los profesores de la universidad española:

  • La estructura es también absolutamente piramidal. Hay pocos capos/catedráticos; un número mayor de jefes intermedios/titulares y muchos aspirantes a ocupar sus plazas -profesores contratados-. Todos intentan subir un peldaño en el escalafón hasta acceder al grado supremo/catedrático -a eso se le denomina carrera académica-
  •  Los que se sitúan en la cúspide de la pirámide deciden qué es y qué no es académicamente correcto. Nada fuera de su ley. He dirigido trabajos magníficos que no se han publicado en España porque no estaban dentro de la corriente ortodoxa de la econometría en ese momento. Recomiendo evitar las revistas económicas españolas
  • Las diferencias salariales, de prestigio y sobre todo de seguridad en el empleo son abismales. Un profesor que comienza en la universidad está en una posición muy parecida a la de un soldado de la droga: su salario es mínimo -tengo compañeros con un curriculum magnífico con 600€/mes-; su trabajo es el peor, ya que asumen una carga docente muy elevada en las asignaturas que nadie quiere -eligen los últimos-; son el “furgón de cola” de un mundo clasista como la universidad y están siempre en la cuerda floja, ya que disgustar a uno de los grandes popes supone la no renovación del contrato.
  • Para ascender y conseguir el “funcionariado” se deben cumplir estrictamente las reglas. Eso quiere decir que sólo se puede publicar sobre aquellos temas que el “consejo de administración” considera de interés. Es irrelevante que nadie los lea o que no tengan ningún impacto social, siempre y cuando tengan su reconocimiento dentro de la academia.  Que conste que este no es problema solamente español: Alessandro Rocaglia denuncia una situación idéntica en Italia en su libro Economistas que se equivocan. Las raíces culturales de la crisis.

Como puede verse, la estructura de ambas organizaciones no difiere sustancialmente. Por eso mi admiración por Richard Thaler y todos los nadadores contracorriente que han sido capaces de separarse de la línea ortodoxa poniendo en juego su carrera académica. Claro que eso ocurre en un país donde el debate académico está abierto, se admite la heterodoxia, y en el que la Universidad debe rendir cuentas a la sociedad. En España, con una universidad aislada de su entorno, financiada poniendo el cazo y no vendiendo su trabajo, en el mundo de la Teoría Económica se sigue publicando bajo los supuestos de que los mercados son eficientes y competitivos, que los consumidores son racionales, que el dinero es neutral, que el sistema financiero sirve para trasladar los recursos de los ahorradores a los que acometen proyectos que producen bienes o que la econometría es un fin en sí mismo y no un instrumento. Y cualquiera que se aparte de esos postulados verá cómo su trabajo no será publicado y su carrera académica tan corta como la vida de un soldado de la droga en una esquina de los suburbios de Chicago. Sólo algunos de los que hemos logrado el ansiado título de funcionario podemos permitirnos el lujo de disentir.
© José L. Calvo, 2016

domingo, 11 de diciembre de 2016

El futuro de las pensiones II. Una propuesta

En el anterior post establecimos dos principios sobre los que se asienta el sistema de pensiones español: contributivo y bien público, al no ser excluyente pero sí ser rival. Y dejé en el aire dos preguntas a las que trataré de responder en este: ¿tiene lógica que perciban una pensión pública personas cuyo patrimonio es lo suficientemente elevado como para poder garantizarse una subsistencia digna tras su jubilación? Y, en segundo lugar, ¿cómo debería ser la relación entre el patrimonio individual y la pensión pública?
Vayamos con la primera que tiene mucho que ver con ese carácter de bien público que definimos y con el hecho de que la Economía consiste en administrar bienes escasos. Si es un bien rival y el que unos disfruten de una pensión supone que otros -especialmente en el futuro- no puedan cobrarla, no parece lógico que en la actualidad todos y cada uno de los españoles tengan derecho a una pensión a cambio de que los futuros pensionistas deban ver reducida o desaparecida la suya. O ¿a alguien le parecería sensato dejar que utilicen los pastos comunes pastores con parcelas propias cuando, además, hay muchos que sólo pueden hacer uso de la pradera de todos? Pero ¿a quién debería el estado privar de su disfrute? La equidad nos indica que los primeros en perder la pensión deberían ser aquellos que tienen recursos económicos propios suficientes para llevar una jubilación digna.
Veámoslo con un ejemplo. Supongamos que una persona llega a su jubilación con un patrimonio de 1.500.000€ y que su esperanza de vida es de 20 años. ¿Tiene sentido otorgarle una pensión pública a esa persona que, con sus propios recursos, tiene 75.000€ anuales (más de 6.000€ mensuales) para su mantenimiento? Por lo tanto, mi primera propuesta es sencilla: establecer un límite máximo de patrimonio a partir del cual se cesa en el derecho a percibir una pensión pública. Dicho límite no debería superar los 1,5 millones de euros. -Se podría argumentar que esto es un impuesto sobre la riqueza, y lo es. A grandes males grandes remedios, más aún cuando la desigualdad ha crecido tanto en nuestro país-. Esto afectaría a un porcentaje pequeño de la población.
La segunda cuestión es mucho más complicada, ya que se trata de ligar el patrimonio a la pensión. En todas las propuestas de modificación del sistema de pensiones que he conocido, en ninguna se relaciona la pensión con la capacidad adquisitiva/patrimonio del pensionista. No hacerlo plantea dos problemas: primero, que estaría bien si los recursos no fueran escasos, es decir, si hubiese ingresos para todos, algo que como hemos visto no es cierto; y en segundo lugar, el estado a través del sistema de pensiones financia las herencias. La gente demanda una pensión digna para vivir, pero en ningún momento la liga con sus recursos propios. Es una absoluta falta de solidaridad de las generaciones mayores, las que perciben pensión, con las más jóvenes, las que se la pagan pero no la recibirán de seguir el sistema así.
Mi propuesta, expresada de forma sencilla porque supone un proceso de cálculo mucho más elaborado de lo que se puede incluir en un post, es la siguiente: establecer una relación negativa entre el patrimonio del jubilado/a y la pensión máxima que cobra. Para ello hay que hacer varias cosas: capitalizar su patrimonio al tiempo en que se jubila; hacer líquido ese patrimonio, probablemente a través del estado y establecer unos mínimo y máximos de pensión pública.
Veámoslo nuevamente con un ejemplo. Supongamos que cuando llego a la edad de jubilación tengo un patrimonio de 500.000€ y una esperanza de vida de 20 años. Eso supone que tengo la posibilidad de unos ingresos brutos mensuales de unos 2000€. El Estado, a través de un sistema similar al de la hipoteca inversa, podría capitalizar mi patrimonio y darme 1.500€/mes además de la pensión pública. La suma de la pensión pública directa más la obtenida por el Estado a través de la capitalización del patrimonio no podría superar un cierto límite, por ejemplo los 3.000€/mensuales brutos. En mi caso, que he contribuido para obtener la pensión máxima, supone un ahorro público de alrededor de 500€/mes, obteniendo yo una pensión que es 1.000€ superior a la máxima. A la hora de mi muerte los herederos tienen dos opciones: o devolver al Estado el dinero que ha gastado en mí, más los intereses correspondientes; o no ejercer la opción de rescate y permitir que todos mis bienes pasen a ser propiedad estatal.
Una opción alternativa sería un impuesto prácticamente confiscatorio a las herencias. Y que conste que esta propuesta no es ni nueva ni mía, sino de John Stuart Mill en sus Principios de Economía Política, el adalid de los liberales que nunca le han leído.
Situaciones desesperadas requieren medidas audaces. Y si queremos un sistema realmente social deberemos luchar por un reparto equitativo de la riqueza. Pero me parece que ni siquiera el partido del joven del pisito, la black de papá y los tres puestos está muy por la labor.
© José L. Calvo, 2016

martes, 6 de diciembre de 2016

El futuro de las pensiones I. Pensiones contributivas y bienes públicos


Uno de los grandes temas de esta legislatura va a ser el futuro de las pensiones. Existe un gran debate en nuestro país, como muestra el hecho de que una búsqueda en google -6/12/2016- dé como resultado más de 1 millón trescientas mil referencias. Yo quiero sugerir una más, pero antes déjenme aclarar algunos conceptos.
Las pensiones pueden ser, básicamente, de dos tipos: contributivas o de capitalización. Un sistema contributivo funcionaría, grosso modo, de la siguiente forma: en un pueblo hacen un pozo en la plaza principal donde los que están en activo, los trabajadores, echan el dinero de sus cotizaciones y los que están en una situación pasiva -pensionistas y parados fundamentalmente- sacan dinero del pozo para su subsistencia. Lo primero que destaca con este sistema es que no se cumple una de las máximas que defienden a “capa y espada” nuestros pensionistas: que ellos contribuyeron en el pasado para sus pensiones. Las contribuciones pasadas -el dinero que en el pasado echaron al pozo- sirvieron para pagar las pensiones del pasado, pero en la actualidad las pensiones son pagadas por las contribuciones de los que estamos trabajando. Así que ni ellos han acumulado ningún capital que justifique su pensión ni nosotros, los activos, tenemos ningún dinero ahorrado para nuestra pensión futura.
Por el contrario, una pensión de capitalización es como si cada uno tuviera el pozo en su casa y fuera depositando una cantidad todos los meses. En ese caso sí hay un capital acumulado a lo largo del tiempo que permite la pensión futura. Pero como digo, este no es el sistema público español.
Con un sistema contributivo si la esperanza de vida de los españoles mejora y la tasa de paro crece mientras que el de cotizantes a la Seguridad Social disminuye el número de los que sacan del pozo aumenta mientras que el de los que depositan se reducepor lo que el sistema es insostenible. De ahí que el gobierno extraiga dinero del fondo de pensiones mes tras mes.  ¿Qué hacer?
Un tercer concepto importante y al que no se hace referencia habitualmente es que el sistema de pensiones en España es un bien común. Los Bienes Comunes se definen como aquellos que no son excluibles -no se puede excluir a nadie de su utilización; todo el que ha cotizado tiene derecho a una pensión e incluso los que no han cotizado perciben una pensión asistencial- pero que, al mismo tiempo, son rivales: el disfrute de la pensión por unos individuos hace que las pensiones de los otros se vean afectadas, especialmente las futuras que hoy por hoy no están garantizadas.
El problema de los bienes comunes fue expuesto por G. Hardin en 1968 en su artículo The Tragedy of Commons. Hardin sostiene que la explotación de un bien común por individuos racionales lleva a su sobrexplotación y, finalmente, a su desaparición. La idea es muy sencilla: supongamos que hay un prado que es propiedad común en el que pueden pastar las vacas de todos los miembros del pueblo. Cada pastor querrá maximizar su beneficio, por lo que llevará el máximo de vacas al prado común; pero esto hará que el número de vacas en el prado sea excesivo, sobrepasando el óptimo y llevando, como decíamos, a su sobrexplotación y finalmente a su desertización.
Mi pregunta es muy sencilla: ¿tienen derecho a llevar sus vacas a la pradera común aquellos que tienen pradera propia? -Se cuenta una anécdota, desconozco si es real, del conde de Romanones cuando la Segunda República introdujo la Reforma Agraria. Preguntado sobre qué le parecía dicha Reforma el Conde afirmó: “fantástica. Entre lo que tengo y lo que me van a dar voy a estar muy bien”-. En el caso de que creamos, como yo, que no tiene lógica que alguien que tiene una propiedad donde pueden pastar sus vacas utilice también los pastos comunes, especialmente si hay otros que solo pueden acceder al prado común ¿cuál debería ser el tamaño de la parcela de un individuo para que la autoridad le pueda excluir de la utilización del bien común? o bien ¿puede establecerse una relación inversa entre el tamaño de la pradera individual y el uso de los pastos comunales?
Y ahora su traducción a pensiones: en primer lugar, ¿tiene lógica que perciban una pensión pública personas cuyo patrimonio es lo suficientemente elevado como para poder garantizarse una subsistencia más que digna tras su jubilación? Y, en segundo lugar, ¿cómo debería ser la relación entre el patrimonio individual y la pensión pública?
Denle una vuelta. Yo, para no alargarme, dejo mi propuesta para el siguiente post.
© José L. Calvo, 2016